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Anulaciones & Notas de Crédito·Actualizado 17 de setiembre de 2026

¿Cuánto tiempo tengo para anular una factura electrónica?

SUNAT permite anular una factura electrónica (o retención) mediante una Comunicación de Baja, pero solo bajo dos condiciones que se deben cumplir a la vez:

  • El comprobante aún no fue entregado al cliente.
  • No han pasado más de 7 días calendario desde que SUNAT devolvió el CDR en estado Aceptado (el plazo corre en días calendario, no hábiles — incluye fines de semana y feriados).

Si se cumplen ambas, la Comunicación de Baja deja el comprobante sin efecto por completo, como si nunca se hubiera emitido.

¿Qué pasa si ya pasaron los 7 días o el cliente ya lo recibió?

En cualquiera de esos dos casos, SUNAT rechaza la Comunicación de Baja — no hay excepción posible desde tu lado. La única forma de corregir el comprobante es emitiendo una Nota de Crédito, que anula total o parcialmente el comprobante original sin límite de tiempo, ya que el comprobante sigue siendo válido y solo se está corrigiendo o anulando su efecto contable.

¿Y las boletas de venta?

Las boletas siguen un camino distinto: se anulan incluyéndolas en el Resumen Diario correspondiente, no con esta Comunicación de Baja.

Con la API de YoEmito: no necesitas llevar la cuenta de los días tú mismo. Si intentas dar de baja un comprobante fuera de este plazo, POST /v1/voided te devuelve un error 422 explicándolo antes de siquiera consultar a SUNAT, indicándote que uses una Nota de Crédito en su lugar. Ver documentación de Comunicaciones de Baja.

Fuente: orientacion.sunat.gob.pe.

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