No. Una Nota de Venta o Cotización no está en la lista de comprobantes de pago que reconoce SUNAT (factura, boleta, recibo por honorarios, entre otros). Es un documento informativo de control interno — le muestra al cliente un precio o condiciones, pero no tiene efecto tributario.
En la práctica, esto significa que:
- No genera obligación de declarar IGV — esa obligación nace cuando emites el comprobante de pago formal (factura o boleta) o entregas el bien, lo que ocurra primero, no con la cotización.
- No otorga crédito fiscal al comprador, aunque muestre el IGV desglosado como referencia.
- No sustenta costo ni gasto para efectos del Impuesto a la Renta.
Aun así, una cotización profesional debería mostrar con transparencia el valor de venta, el IGV (18%) y el precio de venta final — para que tu cliente sepa exactamente qué esperar cuando le llegue el comprobante formal.
Con la API de YoEmito: las Cotizaciones y Notas de Venta son 100% ilimitadas y gratuitas en todos los planes — justamente porque no tienen validación SUNAT ni consumen tu cuota mensual de comprobantes tributarios.
Marco legal de referencia: Reglamento de Comprobantes de Pago (Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT).